El poder notarial es un documento público que una persona física o jurídica firma con el visto bueno de un notario para designar a otra como su representante legal. De esta manera le autoriza para actuar en su nombre en distintos actos jurídicos o materiales.
Esta medida es muy útil para distintas situaciones de la vida y más en concreto para solventar algunos trámites burocráticos del mundo empresarial.
Con estos documentos los notarios garantizan que la identidad de la persona que lo otorga, llamado poderdante, así como sus voluntades concuerdan con la ley. Por su parte, la persona designada como representante legal o apoderado deberá acreditar esta condición con la exhibición de una copia de la autorización otorgada.
Diferenciamos entre diferentes tipos de poder notarial:
Poderes generales:
Se trata de escrituras por las que una persona confiere todas las facultades posibles a otra para que esta se encargue de todo su patrimonio. Esta clase de poder se caracteriza porque las facultades son muy amplias, lo que provoca un riesgo.
Poderes especiales:
Se trata de escrituras por las que una persona confiere facultades a otra para que realice uno o varios actos concretos. Esta clase de poder se caracteriza porque las facultades están limitadas, por ejemplo, solo podrá comprar, vender, hacer herencias etc.
Poderes para pleitos:
Es aquel documento notarial por el que una persona atribuye facultades de representación en juicio a sus abogados y procuradores.
Autorizaciones de viaje:
Cuando los hijos menores realizan un viaje al extranjero, sin ser acompañados por sus padres o tutores, se puede autorizar el viaje a través de este documento notarial, que el menor deberá portar junto al DNI o pasaporte.
Poderes preventivos en caso de incapacitación:
Son los poderes en los que una persona confiere facultades a otra para que realice todos lo que sea necesario para el caso de que el que confiere el poder sea incapacitado en el futuro. Es un instrumento muy útil para evitar problemas cuando uno se hace mayor.
Poderes mercantiles:
Son poderes conferidos por una sociedad, a través de su administrador, a favor de una persona que así podrá encargarse de una o varias operaciones de comercio en nombre de la sociedad.
Documentación necesaria:
Poderes Generales:
D.N.I de los poderdantes, nombre, domicilio y estado civil.
Si es una sociedad, poderes o nombramiento de administradores vigente.
Datos de los apoderados, nombre, domicilio, estado civil y D.N.I.
Facultades que se confieren (Para qué asunto se confiere el poder).
Poderes para Pleitos:
D.N.I de los poderdantes, nombre, domicilio y estado civil.
Si es una sociedad, poderes o nombramiento de administradores vigente.
Nombres de los Procuradores y Letrados y el Colegio al que pertenecen. (Importante).